Si transcurren diez días naturales desde que su empresa recibe una notificación electrónica de Hacienda y usted no accede a su buzón electrónico para abrirla, dicha notificación se entiende realizada. ¡OJO! Por ello, puede suceder que a lo largo de sus vacaciones su empresa reciba alguna notificación y se le pasen los plazos para recurrir.
Para evitar este riesgo, recuerde que cada año puede señalar 30 días naturales durante los cuales Hacienda no puede depositar notificaciones en su buzón electrónico. Para ello:
- Entre en la Sede Electrónica de la página web de Hacienda y acceda a “Todos los trámites” – “Otros servicios” – “Notificaciones” – “Solicitar días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada”.
- Una vez haya accedido al servicio, pulse la opción «Modificar» y seleccione los días en los que no quiere que Hacienda le cuelgue notificaciones electrónicas. Dichos días quedarán marcados en verde, y usted deberá pulsar en “Validar” y en “Firmar y enviar” para que su solicitud sea efectiva.
¡OJO! No se demore en efectuar esta gestión. Los días de cortesía se deben solicitar con un mínimo de siete días de antelación al comienzo del período deseado.