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GCT1

Agenda del Contribuyente

Modelo 303

Autoliquidación trimestral del IVA — diferencia entre el IVA cobrado a clientes y el IVA pagado a proveedores.

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Información orientativa actualizada a 2026. Los plazos, importes y porcentajes que aparecen en esta ficha pueden modificarse por cambios normativos. Para tu caso concreto, consulta con nuestros profesionales colegiados antes de actuar. Agendar consulta gratuita →

¿Qué es el Modelo 303?

El Modelo 303 es la autoliquidación periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). A través de él, autónomos y empresas liquidan con la Agencia Tributaria la diferencia entre el IVA repercutido (cobrado a clientes) y el IVA soportado (pagado en compras y gastos deducibles).

Si el IVA repercutido supera al soportado, el resultado es a ingresar. Si el soportado es mayor, el resultado se puede compensar en trimestres siguientes o solicitar devolución en el último trimestre del año (o mensualmente en el régimen de devolución mensual).

La presentación es trimestral para la mayoría de autónomos y pymes. Las grandes empresas con volumen de operaciones superior a 6 millones de euros anuales presentan el Modelo 303 mensualmente.

¿Quién está obligado?

  • Autónomos y empresas que realicen actividades económicas sujetas al IVA.
  • Personas físicas y jurídicas que vendan bienes o presten servicios gravados con IVA.
  • Obligatorio presentarlo aunque el resultado sea cero o negativo (a compensar).

Excepciones y exentos:

  • Autónomos en el régimen simplificado de IVA para determinadas actividades.
  • Agricultores y ganaderos bajo el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca (REAGP).
  • Actividades íntegramente exentas de IVA (ciertos servicios médicos, educativos, financieros recogidos en el art. 20 de la Ley del IVA).

Plazos de presentación

Período Plazo límite
4.º trimestre (oct–dic) Hasta el 30 de enero (Domiciliación hasta el 25 de enero)

La devolución de cuotas solo puede solicitarse en el 4.º trimestre (salvo régimen especial mensual).

1.er trimestre (ene–mar) Hasta el 30 de abril (Domiciliación hasta el 25 de abril)
2.º trimestre (abr–jun) Hasta el 20 de julio (Domiciliación hasta el 15 de julio)
3.er trimestre (jul–sep) Hasta el 20 de octubre (Domiciliación hasta el 15 de octubre)

Si el último día del plazo es sábado, domingo o festivo nacional, se traslada al primer día hábil siguiente. Verifica siempre las fechas exactas en sede.agenciatributaria.gob.es.

Cómo se presenta

  1. 1 Accede a la sede electrónica de la AEAT: sede.agenciatributaria.gob.es.
  2. 2 Identifícate con certificado digital, Cl@ve permanente o Cl@ve PIN.
  3. 3 Selecciona el Modelo 303 y el período declarado.
  4. 4 Introduce o importa desde tu software contable: base imponible y cuotas de IVA repercutido, base imponible y cuotas de IVA soportado deducible.
  5. 5 Si el resultado es a ingresar, elige el método de pago (domiciliación bancaria, cargo en cuenta o NRC).
  6. 6 Presenta la declaración y guarda el justificante (CSV o PDF).

Documentación necesaria

  • Facturas emitidas del trimestre con base imponible e IVA desglosados.
  • Facturas recibidas con IVA deducible (gastos de la actividad).
  • Libro registro de facturas emitidas (IVA repercutido).
  • Libro registro de facturas recibidas (IVA soportado).
  • Modelo 303 del trimestre anterior (saldo de cuotas pendientes de compensar, si las hay).

Sanciones por incumplimiento

  • Sin requerimiento previo: recargo del 5% si el retraso es inferior a 3 meses; 10% entre 3 y 6 meses; 15% entre 6 y 12 meses; 20% más intereses de demora si supera los 12 meses.
  • Con requerimiento previo de la AEAT: infracción tributaria con sanción proporcional del 50% (leve), 100% (grave) o 150% (muy grave) de la cuota a ingresar.
  • Presentación incorrecta o con datos falsos: puede derivar en infracción grave con sanción proporcional.

Estas sanciones son orientativas. Consulta con tu asesor ante cualquier situación de retraso.

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Última revisión: junio 2026. La normativa fiscal cambia con frecuencia — consulta nuestra agenda de plazos o contacta con nuestros profesionales para información actualizada a tu situación.

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