Agenda del Contribuyente
Modelo 303
Autoliquidación trimestral del IVA — diferencia entre el IVA cobrado a clientes y el IVA pagado a proveedores.
Información orientativa actualizada a 2026. Los plazos, importes y porcentajes que aparecen en esta ficha pueden modificarse por cambios normativos. Para tu caso concreto, consulta con nuestros profesionales colegiados antes de actuar. Agendar consulta gratuita →
¿Qué es el Modelo 303?
El Modelo 303 es la autoliquidación periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). A través de él, autónomos y empresas liquidan con la Agencia Tributaria la diferencia entre el IVA repercutido (cobrado a clientes) y el IVA soportado (pagado en compras y gastos deducibles).
Si el IVA repercutido supera al soportado, el resultado es a ingresar. Si el soportado es mayor, el resultado se puede compensar en trimestres siguientes o solicitar devolución en el último trimestre del año (o mensualmente en el régimen de devolución mensual).
La presentación es trimestral para la mayoría de autónomos y pymes. Las grandes empresas con volumen de operaciones superior a 6 millones de euros anuales presentan el Modelo 303 mensualmente.
¿Quién está obligado?
- Autónomos y empresas que realicen actividades económicas sujetas al IVA.
- Personas físicas y jurídicas que vendan bienes o presten servicios gravados con IVA.
- Obligatorio presentarlo aunque el resultado sea cero o negativo (a compensar).
Excepciones y exentos:
- Autónomos en el régimen simplificado de IVA para determinadas actividades.
- Agricultores y ganaderos bajo el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca (REAGP).
- Actividades íntegramente exentas de IVA (ciertos servicios médicos, educativos, financieros recogidos en el art. 20 de la Ley del IVA).
Plazos de presentación
| Período | Plazo límite |
|---|---|
| 4.º trimestre (oct–dic) | Hasta el 30 de enero (Domiciliación hasta el 25 de enero) La devolución de cuotas solo puede solicitarse en el 4.º trimestre (salvo régimen especial mensual). |
| 1.er trimestre (ene–mar) | Hasta el 30 de abril (Domiciliación hasta el 25 de abril) |
| 2.º trimestre (abr–jun) | Hasta el 20 de julio (Domiciliación hasta el 15 de julio) |
| 3.er trimestre (jul–sep) | Hasta el 20 de octubre (Domiciliación hasta el 15 de octubre) |
Si el último día del plazo es sábado, domingo o festivo nacional, se traslada al primer día hábil siguiente. Verifica siempre las fechas exactas en sede.agenciatributaria.gob.es.
Cómo se presenta
- 1 Accede a la sede electrónica de la AEAT: sede.agenciatributaria.gob.es.
- 2 Identifícate con certificado digital, Cl@ve permanente o Cl@ve PIN.
- 3 Selecciona el Modelo 303 y el período declarado.
- 4 Introduce o importa desde tu software contable: base imponible y cuotas de IVA repercutido, base imponible y cuotas de IVA soportado deducible.
- 5 Si el resultado es a ingresar, elige el método de pago (domiciliación bancaria, cargo en cuenta o NRC).
- 6 Presenta la declaración y guarda el justificante (CSV o PDF).
Documentación necesaria
- Facturas emitidas del trimestre con base imponible e IVA desglosados.
- Facturas recibidas con IVA deducible (gastos de la actividad).
- Libro registro de facturas emitidas (IVA repercutido).
- Libro registro de facturas recibidas (IVA soportado).
- Modelo 303 del trimestre anterior (saldo de cuotas pendientes de compensar, si las hay).
Sanciones por incumplimiento
- Sin requerimiento previo: recargo del 5% si el retraso es inferior a 3 meses; 10% entre 3 y 6 meses; 15% entre 6 y 12 meses; 20% más intereses de demora si supera los 12 meses.
- Con requerimiento previo de la AEAT: infracción tributaria con sanción proporcional del 50% (leve), 100% (grave) o 150% (muy grave) de la cuota a ingresar.
- Presentación incorrecta o con datos falsos: puede derivar en infracción grave con sanción proporcional.
Estas sanciones son orientativas. Consulta con tu asesor ante cualquier situación de retraso.
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Última revisión: junio 2026. La normativa fiscal cambia con frecuencia — consulta nuestra agenda de plazos o contacta con nuestros profesionales para información actualizada a tu situación.
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