Área Fiscal
Fiscalidad internacional
Asesoramiento en operaciones transfronterizas, convenios de doble imposición, precios de transferencia y declaración de bienes en el extranjero.
¿En qué consiste?
La fiscalidad internacional regula cómo tributan las rentas y activos cuando intervienen más de un país. Para empresas que exportan, importan, tienen filiales en el extranjero, contratan trabajadores desplazados o cuentan con cuentas y activos fuera de España, existen obligaciones específicas que van mucho más allá de las declaraciones ordinarias. Los errores en este ámbito pueden ser especialmente costosos, tanto por la cuantía de las regularizaciones como por el endurecimiento del régimen sancionador.
España tiene firmados convenios de doble imposición con más de 90 países para evitar que una misma renta tribute dos veces. Aplicar correctamente estos convenios requiere conocer tanto la normativa española como la del país de origen de la renta. Además, las operaciones entre empresas vinculadas del mismo grupo deben realizarse a precios de mercado (precios de transferencia) y documentarse adecuadamente para evitar ajustes por parte de la inspección.
¿Para quién?
- Empresas españolas con filiales, sucursales o socios en el extranjero
- Autónomos o profesionales que prestan servicios a clientes en otros países de la UE
- Residentes en España con cuentas bancarias, valores o inmuebles en el extranjero que superen los 50.000 €
- Trabajadores desplazados al extranjero o extranjeros que trabajan en España
- Importadores y exportadores de bienes o servicios con obligaciones intracomunitarias
Qué incluye nuestro servicio
- Aplicación de convenios de doble imposición para evitar tributación duplicada
- Gestión y presentación del Modelo 720 (bienes y derechos en el extranjero)
- Asesoramiento en precios de transferencia y preparación de documentación de soporte
- Declaración de operaciones intracomunitarias (Mod. 349) y gestión del NIF-IVA
- Asesoramiento sobre el IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes)
- Planificación de la estructura internacional desde una perspectiva de eficiencia fiscal
Documentación que necesitarás aportar
- Documentación acreditativa de la residencia fiscal en el país correspondiente
- Contratos con entidades extranjeras y facturas de operaciones transfronterizas
- Extractos de cuentas bancarias extranjeras y certificados de valores
- Escrituras de inmuebles en el extranjero con valores de adquisición
- Documentación de las operaciones vinculadas si formas parte de un grupo empresarial
Plazos y fechas clave
- Modelo 720 (bienes en el extranjero): hasta el 31 de marzo del año siguiente
- Modelo 349 (operaciones intracomunitarias): trimestral o mensual según volumen
Por qué GCT1
- Experiencia en la gestión de empresas exportadoras e importadoras de la provincia de Alicante
- Coordinación con asesores locales en otros países cuando la operación lo requiere
- Conocimiento actualizado del régimen sancionador del Modelo 720 tras la sentencia del TJUE
- Primera consulta gratuita para evaluar tu exposición fiscal internacional
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