Área Fiscal
Inspecciones, recursos y reclamaciones
Representación y defensa ante inspecciones de la AEAT, recursos de reposición y reclamaciones económico-administrativas ante el TEAR.
¿En qué consiste?
Cuando la Agencia Tributaria inicia un procedimiento de comprobación o inspección, el contribuyente se enfrenta a una situación de desigualdad técnica con la Administración. Contar con un asesor experimentado desde el primer momento —no solo al final— marca una diferencia sustancial en el resultado. En GCT1 acompañamos al cliente desde que recibe la primera notificación hasta la resolución definitiva, representándole en todas las actuaciones ante la AEAT en Elche y Alicante.
Si la liquidación practicada no es correcta, existen vías de impugnación: el recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, y la reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR). Cada vía tiene sus plazos estrictos y sus requisitos formales. Una reclamación bien fundamentada puede resultar en la reducción o anulación de la liquidación y las sanciones asociadas.
¿Para quién?
- Autónomos y empresas que han recibido una notificación de inicio de comprobación limitada o inspección
- Contribuyentes que han recibido una liquidación provisional o definitiva con la que no están de acuerdo
- Empresas sancionadas por la AEAT que quieren impugnar la sanción
- Contribuyentes con paralelas de IRPF, IS o IVA que necesitan asesoramiento urgente
Qué incluye nuestro servicio
- Análisis inmediato de la notificación recibida y evaluación de riesgos y opciones
- Preparación de la documentación requerida y redacción de las alegaciones
- Representación y asistencia en todas las comparecencias ante la AEAT
- Presentación de recursos de reposición frente a liquidaciones o sanciones
- Redacción y presentación de reclamaciones económico-administrativas ante el TEAR
- Negociación de acuerdos de reducción de sanciones cuando sea estratégicamente conveniente
Documentación que necesitarás aportar
- Notificación o requerimiento recibido de la AEAT (original o copia)
- Declaraciones tributarias afectadas por el procedimiento
- Facturas, contratos y demás documentación contable relacionada
- Liquidaciones y sanciones previas si las hubiera
Plazos y fechas clave
- Recurso de reposición: 1 mes desde la notificación del acto impugnado
- Reclamación económico-administrativa ante el TEAR: 1 mes desde la notificación del acto
- Respuesta a diligencias y requerimientos de la inspección: según el plazo indicado en la notificación (habitualmente 10 días hábiles)
Por qué GCT1
- Conocemos en profundidad los criterios de la Inspección de Hacienda en Alicante y los argumentos más eficaces
- Coordinación entre fiscal, contable y jurídico para construir la defensa más sólida posible
- Actuamos desde el primer momento: la estrategia en la fase de comprobación determina el resultado final
- Primera consulta gratuita para analizar el expediente y evaluar las posibilidades de éxito
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