Área Laboral
Inspecciones de trabajo
Asistencia y representación ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social: preparación de documentación, comparecencias y recursos ante actas de infracción.
¿En qué consiste?
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social es el organismo encargado de vigilar el cumplimiento de la normativa laboral y de Seguridad Social. Sus actuaciones pueden iniciarse de oficio, por denuncia de un trabajador o por campaña sectorial. Una visita de la Inspección puede derivar en un requerimiento para subsanar deficiencias, en un acta de infracción con sanción económica o en un acta de liquidación de cuotas de Seguridad Social.
Las áreas más habituales de inspección incluyen: regularidad de las nóminas y cotizaciones, existencia y contenido de los contratos de trabajo, horas extra no declaradas, cumplimiento de los descansos y jornadas máximas, prevención de riesgos laborales, y subcontratación y cesión ilegal de trabajadores. Contar con asesoramiento desde el momento en que se recibe la visita o el requerimiento es fundamental para gestionar correctamente la situación.
¿Para quién?
- Empresas que han recibido una visita de la Inspección de Trabajo o una notificación de inicio de actuaciones
- Negocios que han recibido un acta de infracción o de liquidación de cuotas y quieren impugnarla
- Empresas que quieren revisar preventivamente su cumplimiento laboral antes de una posible inspección
- Empleadores en sectores de alto riesgo de inspección (hostelería, construcción, comercio, industria)
Qué incluye nuestro servicio
- Análisis inmediato de la notificación recibida y evaluación de los riesgos
- Preparación de toda la documentación requerida por el Inspector actuante
- Representación en las comparecencias y visitas de la Inspección
- Redacción de alegaciones frente a actas de infracción o liquidación
- Presentación de recursos ante el organismo competente de la Comunidad Valenciana
- Auditoría preventiva del cumplimiento laboral si se solicita
Documentación que necesitarás aportar
- Notificación o citación recibida de la Inspección de Trabajo
- Contratos de todos los trabajadores en vigor
- Nóminas de los últimos doce meses y TC2 correspondientes
- Registro de jornada de los trabajadores
- Documentación de prevención de riesgos laborales
Plazos y fechas clave
- Plazo para presentar alegaciones ante un acta de infracción: 15 días hábiles desde la notificación
- Plazo de prescripción de las infracciones laborales: 3 años para las muy graves, 2 años para las graves y 1 año para las leves
Por qué GCT1
- Experiencia directa en representación ante la Inspección de Trabajo en la provincia de Alicante
- Conocemos los criterios habituales de actuación y los argumentos más eficaces en cada tipo de infracción
- Actuamos desde el primer momento para evitar que la situación se agrave por falta de respuesta o gestión tardía
- Primera consulta gratuita para analizar el requerimiento o acta recibida y evaluar las opciones
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